33 - SALARIOS: Estructura. Sistema de liquidaciones: Antigüedad. Asignaciones Familiares. Nomenclador de cargos. Ubicación. Zona desfavorable
Héctor L. RoncalloLegislación Educativa de Río Negro

 

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  Tipo Año Descripción
190 Resolución
1730 2010

CREA  a  partir  de la presente Resolución el cargo Referente Pedagógico Regional para las Escuelas de Jornada Extendida con una equivalencia a 3900 puntos, Decreto 1095/92, Buscar leypara las  Regiones establecidas que forman parte del Anexo I de la presente Resolución. APRUEBA las  Misiones  y Funciones  del Referente Pedagógico Regional determinadas en el Anexo I, de la presente Resolución. Los   Referentes   Pedagógicos Regionales  dependerán   de  la Dirección de Nivel Primario.

189 Resolución
1726 2010

APRUEBA el Plan para  la  igualdad  educativa  para  la  población de San Carlos de Bariloche que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución. CREA la figura de Educador Comunitario, cuyo perfil y funciones se detallan en el Anexo II de la Resolución.

188 Resolución
1270 2010

DETERMINA transitoriamente el valor índice de 3850 puntos para el cargo De Jefe General de Enseñanza Práctica Agropecuaria de Jornada Completa.

187 Resolución
730 2010

DEJA SIN EFECTO en todos sus términos la Resolución Nº 750/96.-APRUEBA el formulario de RECIBO DE HABERES y ESTABLECE que  el RECIBO DE HABERES  será  entregado  a  través del establecimiento con el menor código de liquidación.

186 Resolución
132 2010

Asignaciones Familiares - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) entregará al adulto responsable titular de la Asignación por Hijo para Protección Social, por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, la "LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACION" por la que se acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714. La acreditación en la libreta del requisito correspondiente al ciclo escolar estará a cargo de las autoridades del establecimiento educativo al que concurra el niño, niña o adolescente.

185 Ley
4525 2010

Prorroga desde su vencimiento y hasta el día 31 de diciembre de 2010, la vigencia de la Emergencia del Sistema Educativo de la Provincia de Río Negro, declarada por la ley H n° 3628, en los términos allí establecidos.

184 Ley
4524 2010

Prorroga desde su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo de vigencia de la emergencia económica, financiera, administrativa y salarial del sector público de la Provincia de Río Negro, dispuesta por la ley H nº 2881.

183 Resolución
2406 2009

RECTIFICA   el  Artículo 1º  de la  Resolución  Nº 1036/09 que quedará redactado como a continuación se detalla: "ARTICULO 1º.- RECLASIFICAR   a   partir   del   mes  de  Mayo  de  2009  a  la  Escuela Primaria Nº 103 Costa del Río Azul – El Bolsón, modificando lo establecido en la Resolución Nº 2787/02, ubicándolo en el grupo “D” (80%), por los considerandos expuestos."

182 Resolución
1036 2009

RECLASIFICA  a   partir   del   mes  de  Mayo  de  2009  a  la  Escuela  Primaria Nº 103 de Costa de Río Azul, modificando lo establecido en la Resolución Nº 2782/02, ubicándolo en el grupo “E” (80%), por los considerandos expuestos, y por su ubicación  a partir del  mes  de mayo  de 2009  a  los Docentes que cumplen funciones específicas en la Chacra Nº 14 de General Conesa, dependiente del CENTRO DE EDUCACIÓN TÉCNICA Nº 4, encuadrándolos en el Grupo  “B” (20 %).

181 Resolución
949 2009

APRUEBA para el año 2009, en carácter de excepción, el reconocimiento de la compensación por movilidad para los docentes del Establecimiento Ubicado en la Delegación Regional de Educación Alto Valle Este I – (Esc. Primaria 169 a CEM 111 y Colegio San Miguel)

180 Resolución
945 2009

APRUEBA a partir de la presente y por el año 2009, en carácter de excepción, el reconocimiento de la compensación por movilidad para los Establecimientos de la Delegación Regional Andina con valor pasaje colectivo, en función del artículo 2° de la Resolución 709/09.

179 Resolución
709 2009

APRUEBA  a  partir de la presente y por el año 2009  para  los establecimientos de los períodos febrero - diciembre  y  marzo - noviembre  la  Nómina  de  los  establecimientos  y/o   servicios  educativos  dependientes del Ministerio de Educación – Consejo Provincial de Educación – en condiciones del reconocimiento, cuando corresponda, de la Compensación por Movilidad  dispuesta por la Ley 4059 Buscar ley y Decreto Reglamentario N° 530/08 en función de la localización de los establecimientos o servicios educativos de todos  los  niveles  y modalidades del Sistema Educativo Rionegrino, según los Anexos que se detallan en la misma. ESTABLECE  que   las Delegaciones  Regionales  de  Educación elevarán a  la Vocalía del Consejo Provincial de Educación, los casos específicos y excepcionales que no se encuadren en los criterios del Decreto 530/08, Buscar leypara su consideración y posterior tratamiento y definición.

178 Resolución
75 2009

Consejo Federal de Educación- Que venciendo el plazo de vigencia de la Ley de Financiamiento Educativo el 31 de diciembre de 2010, se hace necesario proceder a estudiar alternativas para su reformulación, teniendo en cuenta la experiencia acumulada durante esta etapa de implementación, con el objeto de afianzar la protección de la inversión educativa para el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos por la Ley de Educación Nacional, se Constituye al Comité Ejecutivo del Consejo Federal como comisión de trabajo, con el objeto de elaborar un anteproyecto de ley de financiamiento educativo, conforme los considerandos expuestos en la presente Resolución. La conformación de esta comisión será ampliada con un ministro provincial más, a propuesta de cada una de las regiones: Salta: Lic. Leopoldo Van Cawlaert; Chaco: Dra. María Inés Pilatti Vergara; Córdoba: Prof. Walter Grahovac; San Juan: Prof. María Cristina Díaz; Neuquén: Dr. Jorge Tobares. Establece como fecha límite de las acciones a desarrollar el presente año calendario.

177 Decreto Nac.
1729 2009

Los montos de las Asignaciones Familiares contempladas en la Ley Nº 24.714, serán los que surgen de los Anexos I, II y III del presente decreto y será de aplicación para determinar el derecho a percibir las Asignaciones Familiares que se devenguen a partir del mes de octubre de 2009.

176 Decreto Nac.
1602 2009

Incorpora  como inciso c) del artículo 1º de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorios, el siguiente texto:

“c) Un subsistema no contributivo de Asignación Universal por Hijo para Protección Social, destinado a aquellos niños, niñas y adolescentes residentes en la República Argentina, que no tengan otra asignación familiar prevista por la presente ley y pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal.”

 

175 Decreto provincial
80 2009

Establece a partir del 01 de Abril de 2.009, como Haber máximo a abonar en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial y Sociedades del Estado Provincial y aquellas donde éste tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, el haber correspondiente al Cargo de Gobernador. Se entenderá por “Haber” a la remuneración bruta mensual, normal y habitual percibida por las personas comprendidas en el presente Decreto, Excluidas las Asignaciones Familiares, adicionales o suplementos fijados por horarios, extensión horaria, guardia activa y/o actividad asistencial pasiva, compensaciones por gastos y todo monto abonado en concepto de premios o estimulo. La presente norma será de aplicación para todo el Personal del Poder Ejecutivo Provincial, de los Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos y Reguladores; para los Directores, Gerentes, Síndicos y Empleados de las Sociedad del Estado Provincial y aquellas en donde éste tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, cualquiera sea su objeto y naturaleza jurídica; a excepción del Personal comprendido en la Ley L N° 679.

 
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