La Cámara del Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial, Sala I, con asiento en General Roca – Fiske Menuco, ordenó al CPE dar cumplimiento a la garantía laboral prevista por el Art. 6 de la Ley 5059, de manera retroactiva a junio de 1016, a favor de una compañera docente de Nivel Inicial, paciente oncológica que debió presentar un amparo junto a los asesores legales de UnTER para que IPrOSS Y el CPE apliquen el Programa de Asistencia Integral a pacientes con enfermedades graves y neoproliferativas
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