La aprobación de la Ley 26.150, estableció que la educación sexual, debe ser abordada desde el nivel inicial hasta el nivel superior de formación docente y de educación técnica no universitaria con una perpectiva de género y de derechos, para ello creó el Programa de Educación Sexual Integral.
La sanción de esta ley en el 2006, fue resultado de los activismos feministas, de derechos humanos y LGTTIBQ, que durante años exigieron en las calles y en ámbitos académicos el derecho a una educación sexual integral en las escuelas, promoviéndolas desde la trasversalidad en distintas materias y no una mera disciplina aparte, o sólo una unidad específica de biología y asignaturas afines, con el fin de descentrar la configuración biologicista y médica de lo genérico-sexual.
Recuperamos el proyecto Por una educación pública antidiscriminatoria – no androcéntrica – no sexista – no heterosexista que presentó en el 2006, en la UNCo, la compañera Graciela Alonso, fundadora del la Revuelta Feminista y una de las referentes de estas luchas: en su fundamentación es posible reconocer la urgencia de repensar la pedagogía, frente a un sistema hegemónico y patriarcal, que legitimaba la opresión de los cuerpos en el “deber ser”. Con esta mirada se dieron los debates por una ley que garantizara la integridad personal de la identidad humana y formular las perspectivas de género y de derecho como ejes centrales para pensar el uso del cuerpo, las relaciones interpersonales y las legitimaciones de los planos afectivos, sentimentales y emocionales.
La educación sexual es un derecho que tienen niñxs, jóvenes y adolescentes, una responsabilidad de lxs adultxs y una obligación del Estado. Trabajarla desde una perspectiva integral, es entenderla con un sentido amplio, donde incluye los derechos, la diversidad sexual, la orientación sexual y la identidad de género, la perspectiva de género, el valor de la afectividad, los deseos, el cuidado del cuerpo y la salud.
Asumir la educación sexual desde una perspectiva integral demanda un trabajo dirigido a promover aprendizajes desde el punto de vista cognitivo, pero también en el plano de lo afectivo, y en las prácticas concretas vinculadas con el vivir en sociedad.
¿Por qué es importante la educación sexual?, ¿Qué debe hablarse en familia y cuándo debemos hacerlo?, ¿Cómo y hasta dónde puede desarrollarse la sexualidad de lxs niñxs con discapacidad?
Marco Legislativo
La Ley Nacional 26.150 y el Programa Nacional de Educación Sexual Integral creado a partir de ella garantiza el derecho a recibir Educación Sexual Integral (ESI) tanto en escuelas de gestión estatal como privada, laicas o confesionales. Incluye a todos los niveles y modalidades educativos: inicial, primario, secundario y terciario no universitario y a la formación docente, adecuando los contenidos de manera gradual, de acuerdo a la edad de los estudiantes.
Entre los principales puntos de la Ley se encuentran:
- Los contenidos trabajados deben ser pertinentes, precisos, confiables y actualizados; deben buscar prevenir los problemas relacionados con la Salud Sexual y Reproductiva en particular y procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.
- El abordaje integral de la educación sexual implica trabajar sobre aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos a partir de contenidos transversales a todas las materias y de forma sistemática.
- La transversalidad debe orientarse a asegurar la inclusión y respeto de todas las personas y situaciones vinculadas a la salud sexual y reproductiva y a generar espacios de escucha, diálogo y reflexión ante las situaciones vinculadas a estas temáticas que emergen en el contexto escolar.
- La implementación de la ESI es responsabilidad de todas las personas que forman una institución educativa y debe tenerse en cuenta en cada proyecto institucional.
Los propósitos formativos y aprendizajes básicos que deben desarrollarse en los diferentes niveles y modalidades están detallados en los Lineamientos curriculares aprobados por el Consejo Federal de Educación Resolución Nº 45/08 espacio en que participan las máximas autoridades educativas de todas las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Nación.
En el caso de estudiantes embarazadas y madres que asisten a la escuela, las Leyes Nacionales 25.273 y 25.808 garantizan el derecho a continuar con sus estudios y contar con un régimen especial de inasistencias para el parto y período de lactancia.
Resolución 340/18 CFE
En 2018, a través de la Resolución del CFE 340/18 las jurisdicciones se comprometieron a implementar la obligatoriedad de la educación sexual integral en todos los niveles y modalidades educativas, abordando, sin excepción, los cinco ejes conceptuales:
- Cuidar el cuerpo y la salud.
- Valorar la afectividad.
- Garantizar la equidad de género.
- Respetar la diversidad.
- Ejercer nuestros derechos.
No se trabajan las mismas temáticas en todos los niveles sino que se dividen según Nivel Inicial, Nivel Primario y Nivel Secundario. Todos los lineamientos curriculares por nivel se pueden encontrar en la Resolución 340/18.
Notas relacionadas
- Ley 26150 Programa nacional de educacion sexual integral establecimientos publicos, de gestion estatal y privada. Sanción: 04-10-2006. Ministerio de Justicia. Argentina.gob.ar