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Ley 5059 programa de asistencia integral

Derechos al cuidado y protección de la salud

Ley 5059 programa de asistencia integral para todxs lxs agentes dependientes del Estado rionegrino

Con diagnóstico de:

  • Enfermedades neoproliferativas malignas.
  • Enfermedades graves con carácter progresivo.

La autoridad de aplicación es el Consejo de Administración del Ipross.

Inclusión al programa

Presentándose directamente ante delegación del IPROSS más cercana. correo-e: Ley5059@ipross.rionegro.gov.ar

Adjuntar:

Licencia especial con goce íntegro de haberes para quienes padecen la enfermedad, y la intangibilidad de sus haberes.

Adjuntar:

Licencia especial con goce íntegro de haberes, para la atención de un familiar enfermx

Las licencias pueden ser continuas o discontinuas.

Importante:

Una vez recibida del Ipross, la resolución de inclusión en el programa de la Ley 5059, se deberá presentar la documentación ante Educación por las vías jerárquicas correspondientes.


Ley-5059-fin