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Diana Ercilia Alac, “La Negra”

8/11/76. Diana Ercilia Alac, “La Negra”. Nació en Conesa el 24/07/38, vivió en Neuquén, maestra y psicóloga. Militante peronista. Fue secuestrada en Buenos Aires y torturada en el I Cuerpo de Ejército de Palermo. A los dos o tres días camiones del Ejército Argentino con conscriptos incluidos se constituyeron en el domicilio de Diana y procedieron a desmantelar la casa, llevándose desde las puertas, hasta la cuna de su hijita de seis meses.

ALAC, Diana Ercilia: “La Negra”. Nació el 24 de julio de 1938. Era maestra y tenía 38 años al momento de su deceso. Estudió Psicología en la Universidad Nacional de La Plata. Militante peronista, hermana de Antonio Alac, dirigente gremial que tuvo destacada actuación en las huelgas del Chocón. Según los organismos de seguridad tuvo instrucción militar en Cuba. Diana fue detenida en 1971 y llevada al penal de Rawson. Recobró su libertad en junio de 1972. A partir de 1973 fue una de las organizadoras de la “Agrupación Evita” de la Rama Femenina adscripta a las políticas montoneras para el género. Cuando en octubre de 1973 se hizo un acto por el Día de la Madre en un Luna Park repleto, ella hizo uso de la palabra: “Si fuimos capaces de soportar torturas y prisiones, jamás podrán atemorizarnos ni lograrán que abandonemos la causa popular que es nuestra y será la única garantía para nuestros hijos de forjar la reconstrucción, haciendo la Patria Peronista que nos conducirá al Socialismo Nacional”. Fue secuestrada-desaparecida el 8 de noviembre de 1976 en la casa de su hermana y torturada en el I Cuerpo de Ejército de Palermo. A los dos o tres días camiones del Ejército Argentino con conscriptos incluidos se constituyeron en el domicilio de Diana y procedieron a desmantelar la casa, llevándose desde las puertas, hasta la cuna de su hijita de seis meses. Roberto Baschetti

Fuentes y notas relacionadas 

  • El doctor Félix Pablo Crous, Fiscal a cargo de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, acusó formalmente a Jorge Carlos Olivera Róvere, en su condición de segundo comandante del Primer Cuerpo del Ejército y Jefe del Estado Mayor y en consecuencia comandante a cargo de la Subzona Capital Federal entre el 6 de febrero del año 1.976 y el 29 de diciembre de 1.976, y la privación ilegítima de la libertad doblemente agravadas por haber sido cometida con violencia y amenazas y por tratarse de un funcionario público de Diana Ercilia Alac, entre otras personas. Fallo Completo, JORGE CARLOS OLIVERA RÓVERE. Poder Judicial de la Nación, 10/12/09. Pág,
  • Procesamiento del General de División (Re) del Ejército Argentino RODOLFO ENRIQUE LUIS WEHNER, de las demás condiciones personales consignadas precedentemente, por considerarlo autor prima facie responsable del delito de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas (art. 144 bis inc. 1° y último párrafo -ley 14.616- en función del art. 142, inc. 1° -ley 20.642-), reiterado en cincuenta y un (51) ocasiones, los cuales concurren realmente entre sí (…) PJN 20/07/07 documento Cels.

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