En este momento estás viendo UnTER logró el quite de condicionalidad de lxs coordinadorxs de Prácticas Profesionalizantes en escuelas técnicas de nivel secundario

UnTER logró el quite de condicionalidad de lxs coordinadorxs de Prácticas Profesionalizantes en escuelas técnicas de nivel secundario

Con la emisión de la Resolución 1159/24, UnTER logró el quite de condicionalidad en su designación a lxs compañerxs que se desempeñan como coordinadorxs de Prácticas Profesionalizantes en las escuelas secundarias técnicas de la provincia, a partir del día previo a la primera Asamblea de Interinatos y Suplencias del presente año, con el objetivo de garantizar la continuidad laboral de lxs trabajadorxs que desempeñan esos cargos y reconocer la experiencia y articulación de las escuelas con el sector socio-productivo, científico-tecnológico y/o comunitario.

En el artículo 1° de la resolución, emitida este 16 de febrero de 2024, el Consejo Provincial de Educación resolvió establecer el quite de condicionalidad a todxs aquellxs agentes que hayan sido designados como interinos condicionales en los cargos de Coordinadorxs de Prácticas Profesionalizantes, producto de haber accedido a los mismos por medio de un Concurso de Oposición y Antecedentes, según lo establecido en la Disposición 03/2019 de la Dirección de Educación Técnica y Formación Profesional.

El mismo artículo también establece como condición para el quite de condicionalidad que lxs trabajadorxs tengan un mínimo de dos años de antigüedad en el cargo, que estén inscriptxs en los listados de Junta de Clasificación, y que cuenten con el aval de la Comisión Institucional de Gestión, Ejecución y Evaluación de las Prácticas Profesionalizantes.

En los fundamentos de la normativa, se reconoce que lxs coordinadorxs son figuras centrales para la ejecución y desarrollo de las prácticas profesionalizantes en los establecimientos de educación técnica, y se considera de suma importancia capitalizar la experiencia que esxs compañerxs han adquirido con el tiempo en el ejercicio de la función.

El artículo 2°, en tanto, dispone que el quite de condicionalidad del personal designado en esos cargos se realizará mediante una nueva disposición emitida por las Supervisiones correspondientes, ad referéndum de la Dirección de Educación Técnica y Formación Profesional.

En el artículo 3° se determina que las vacantes que surjan, una vez finalizadas las Asambleas Presenciales de Interinatos y Suplencias 2024, serán ofrecidas en las Asambleas siguientes para cubrir Interinatos y Suplencias, mediante los listados emitidos por la Junta de Clasificación para la Enseñanza Secundaria, conforme a las incumbencias establecidas en la Resolución 3563/21.

En otro logro conquistado por el conjunto, garantizamos el derecho a la continuidad y estabilidad laboral de lxs compañerxs que se desempeñan como coordinadorxs de Prácticas Profesionalizantes.

General Roca – Fiske Menuco, 16 de febrero de 2024

Belén Riera, Secretaria de Nivel Medio
Pablo Holzmann, Secretario de prensa, Comunicación y Cultura

María Castañeda, Secretaria Gremial y de Organización
Gustavo Cifuentes, Secretario Adjunto
Silvana Inostroza, Secretaria General